ABC de la reforma a la justicia, más ágil y eficaz
En los próximos días la plenaria de la Cámara votará el proyecto en el cuarto debate y pasará a sanción presidencial.
Por: Argemiro Piñeros Moreno
Una de las leyes que estaría por aprobarse en el Congreso de la República durante la legislatura que está por terminar es la de “Justicia más ágil y eficaz”, la cual deberá ser discutida en la plenaria de la Cámara luego de haber sido aprobada en tercer debate por la Comisión Primera. Este proyecto fue presentado por la Corte Suprema, la Fiscalía General y congresistas de diversas bancadas.
El Poder Legislativo entrega a sus lectores un ABC para entender una ley que, al culminar su trámite, tendrá un alto impacto social en los colombianos, ya que está enfocada en mejorar los niveles de actuación de la justicia en delitos que tradicionalmente no avanzan, lo que incrementa la impunidad. La coordinadora ponente de la reforma es la presidenta de la Comisión Primera, la representante Ana Paola García, del Partido de La U.
¿Qué objetivo tiene esta reforma a la justicia?
Ofrece diversas alternativas para finalizar los procesos penales de forma anticipada, sin la necesidad de llegar a juicio en todos los casos. De esta manera, se promueve una justicia más ágil y reparadora, que responda mejor a las necesidades de las víctimas.
¿Por qué es importante este cambio en la operación de la justicia?
Las diversas reformas penales implementadas en el país durante las últimas dos décadas han provocado que un número creciente de procesos penales avance hasta la etapa de juicio, a pesar de que el Sistema Penal Acusatorio fue diseñado para priorizar las soluciones anticipadas. Estas terminaciones anticipadas permiten resolver los casos de manera más ágil y ofrecer una respuesta más eficaz a las víctimas de los delitos.
¿Qué es la indemnización integral mencionada en la reforma a la justicia?
La indemnización integral, contemplada en la reforma a la justicia, permite que en ciertos delitos —como las lesiones personales, el homicidio culposo o aquellos que afectan el patrimonio económico— el infractor pueda cerrar el proceso judicial mediante la reparación total del daño causado a la víctima.
En los casos en que no haya una víctima identificada, el proceso podrá concluirse mediante una caución fijada por el fiscal. El objetivo de esta medida es garantizar los derechos de las víctimas, facilitar la pronta restitución de los bienes afectados y priorizar la reparación integral como mecanismo para dar por terminado el proceso.
¿Podría beneficiarse el sistema judicial con la inclusión de la reparación integral?
La indemnización integral, como mecanismo de terminación anticipada del proceso, podría favorecer el pronto restablecimiento de los derechos de las víctimas y reducir el número de casos que llegan a juicio. Esto permitiría que las autoridades concentren sus esfuerzos en la investigación y sanción de delitos de mayor gravedad.
¿Qué cambios se contemplan respecto a los preacuerdos y negociaciones?
La reforma a la justicia propone modificar el artículo 26 de la Ley 1121 de 2006, permitiendo que las personas que acepten su responsabilidad por delitos como extorsión, terrorismo o financiación del terrorismo accedan a una reducción de pena mediante preacuerdos o allanamientos a cargos, hasta por la mitad de la pena prevista en la Ley 906 de 2004. Con ello, se eliminaría la actual prohibición general para estos delitos.
¿Cuál será el nuevo procedimiento para revisar el beneficio en casos de flagrancia, según el proyecto?
El proyecto plantea la eliminación del parágrafo del artículo 301 de la Ley 906 de 2004, el cual limita los beneficios para personas capturadas en flagrancia a una cuarta parte de lo previsto para cada etapa procesal. Esto abriría la posibilidad de aplicar el beneficio de forma más amplia y equitativa.
¿Por qué es relevante la justicia premial en el Sistema Penal Acusatorio?
La justicia premial es fundamental para aumentar la eficiencia del sistema judicial, al evitar que todos los casos lleguen a juicio. Esto permite obtener decisiones más oportunas, responder eficazmente a las demandas sociales y enfocar los recursos en los casos más complejos. La ampliación de esta figura busca facilitar condenas anticipadas o la extinción de la acción penal cuando no resulte necesaria su continuación.
¿Cómo se garantizará la efectividad del principio de oportunidad?
Se propone facultar al fiscal del caso para que practique como prueba anticipada el testimonio del imputado o acusado, ante juez competente y con todas las formalidades de una audiencia pública. De este modo, se protege la integridad de la prueba y se garantiza su validez dentro del proceso penal, con la supervisión judicial correspondiente, conforme a lo dispuesto en la Ley 906 de 2004.
Con información del Ministerio de Justicia y la ponente Ana Paola García
RED SOCIAL
@AnaPaolaGarciaU
@ComisionPrimera


Deja una respuesta