comisiones¿Amnistía e indulto en relación con la Protesta Social en Colombia?

¿Amnistía e indulto en relación con la Protesta Social en Colombia?

Un debate que se pone nuevamente en esta legislatura con el Proyecto Ley 167 de 2024 Cámara “por medio de la cual se dictan disposiciones transitorias de amnistía e indulto.”

Por: Maricela Londoño

¿En qué consiste el Proyecto?

La Ley propuesta consta de 7 artículos que incluyen su propósito y duración, pero ¿cuál es el contenido real de esta propuesta? Primero que nada, se busca otorgar amnistía a quienes han sido o están bajo investigación, enjuiciamiento o condena por delitos políticos o por acciones relacionadas con protestas sociales. Sin embargo, no es una medida abierta del todo, pues esta excluye las conductas de los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además, todo ello conforme a lo establecido, en el Estatuto de Roma.

Ante la controversia sobre si es verdad que el proyecto de ley faculta al presidente para liberar a todos los presos políticos, se menciona que el proyecto de ley otorga al presidente de la República, o a quien él designe, la exclusiva autoridad para otorgar indultos a aquellos que han sido condenados por delitos políticos relacionados con la protesta social. La vigencia de la ley abarca todos los eventos que están directamente o indirectamente conectados con el contexto de la protesta social y las protestas públicas que ocurrieron antes de que la ley entrará en vigor.

¿En qué consiste el proceso?

Para obtener un indulto, una persona debe pasar por varias instancias de la justicia, comenzando con una solicitud en el Ministerio de Justicia; tras dos meses y un estudio de perfil, se emite un acto administrativo que lo acredita, luego pasa a un juez de control de garantías, encargado de tramitar estas amnistías.

Como medida particular, se obliga a todas las instancias a tratar los datos de las personas amnistiadas e indultadas conforme a la protección de datos consagrada en la Ley 1581 de 2012.

¿Cómo va el Proyecto de Ley en el trámite al interior de la Cámara?

Para las distintas fuerzas políticas las diferencias son evidentes y profundas, para el HR. Alirio Uribe Muñoz del Pacto Histórico Bogotá, “los jóvenes de la Protesta Social tienen derecho a un indulto, la Protesta no es delito” en su criterio como defensor de derechos humanos “el proyecto debe pasar, y aplicarse la ley a las y los jóvenes que fueron procesados y condenados bajo montajes judiciales y pruebas falsas como se ha visto en varios casos, y que se logre restablecer los derechos de los más de 80 jóvenes detenidos o condenados injustamente lo más pronto posible.”

Para el representante José Jaime Uscategui Pastrana del Centro Democrático, por  Bogotá, “las amnistías y los indultos deberían ser una práctica excepcional y en Colombia se nos están convirtiendo en la regla, después de los acuerdos de La Habana en los que, habido incluso impunidad, se nos había dicho que la violencia política no estaba justificada y en medio de la llamada protesta social se cometieron delitos muy graves que, si bien en el articulado del proyecto se plantea que queden excluidos de esta nueva amnistía, se permite que, bajo la teoría de los delitos conexos, muchas de esas acciones graves queden sin castigo.” Una de las preocupaciones del representante son las medidas de castigo frente a las afectaciones que sufre la fuerza pública en los momentos de confrontación, al respecto dijo: «En estos enfrentamientos, los manifestantes cometen actos reales de violencia y vandalismo, no solo dañando los CAI, sino también atacando a los policías y a las fuerzas del orden”.

Según el representante Edward Giovanny Sarmiento Hidalgo, del Pacto Histórico por Cundinamarca, uno de los autores de la propuesta, “el nuevo proyecto de ley propone indultar a quienes ya han sido condenados y amnistiar a las personas sindicadas por delitos que, según los estándares internacionales y la Observación 37 de la CIDH, no deberían estar asociados al derecho a la protesta social. Estas recomendaciones subrayan la necesidad de legislar para corregir las injusticias cometidas durante los procesos judiciales derivados de las protestas de 2019.” Según él, esto no solo responde a los estándares internacionales, “sino que también busca reparar los derechos de las personas privadas de libertad por ejercer su derecho a la protesta.”

Lo cierto es que el proceso de paz, las recomendaciones de la Corte Constitucional y de Juliette de Rivero, Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia, ya ha señalado en diversas oportunidades la necesidad de una legislación en esta materia, «No se les puede considerar a los manifestantes como terroristas».  De Rivero lo afirmó recientemente durante la presentación del informe de Derechos Humanos 2024.

En los últimos años, Colombia ha experimentado una notable agitación social, en la que la defensa de los derechos y las diversas demandas de las comunidades han guiado numerosas movilizaciones en todos los ámbitos de la sociedad. Es importante que estas quejas se aborden con atención, diálogo, responsabilidad y sin violencia, los datos del pasado estallido social del 2021 son muy relevantes, según cifras de las organizaciones defensoras de DH, hubo más de 2.500 personas detenidas, 14 jóvenes fallecidos, más de 500 personas heridas, cerca de 320 judicializados, más de 100 jóvenes afectados en sus ojos, actualmente cerca de 50 jóvenes detenidos y detenidas en distintas cárceles a lo largo del país, sin contar los miembros de la fuerza pública que también resultaron lesionados en las confrontaciones.

Tener el derecho y la responsabilidad constitucional de residir en un país que solucione los conflictos sociales a través del diálogo y manifestaciones pacíficas, al mismo tiempo que se interactúa con los distintos Gobiernos y se asegura la existencia de canales de comunicación y opciones para atender las solicitudes y quejas de los ciudadanos, hace parte de una democracia sana, madura, capaz de resolver las necesidades de las y los ciudadanos.

Esta situación nos invita a reflexionar constantemente sobre la necesidad de buscar formas de diálogo y colaboración para llegar a un acuerdo sobre el país en el que deseamos vivir, y detener las violencias y desigualdades que nos llevan a enfrentamientos. Ni un solo colombiano o colombiana para la guerra, tenemos el derecho a morir ancianos, con dignidad y en paz.

El proyecto de ley continúa su trámite a la espera de una Audiencia Pública en próximos días, donde tendrán lugar la voz de la fuerza pública, las autoridades de justicia, las víctimas y organizaciones defensoras de derechos humanos, voces que darán importante contenido a esta iniciativa.

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