Proyecto busca garantizar acceso a la salud y otros beneficios para los dignatarios de las Juntas de Acción Comunal
Por unanimidad, la Comisión Séptima de la Cámara aprobó el primer debate
Por: Jorge L. Cermeño G.
Un paso importante en la intención de dignificar el servicio voluntario de los líderes comunales en todo el país se dio en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, al aprobar por unanimidad en primer debate el Proyecto de Ley No. 082 de 2025, el cual busca establecer mecanismos para garantizar el acceso a la seguridad social en salud y otros beneficios para los dignatarios de las Juntas de Acción Comunal.
Durante el debate, se evidenció un consenso en favor de la iniciativa, al reconocerse la loable labor que adelantan los líderes comunales, quienes trabajan sin recibir retribución económica ni beneficios estatales. El respaldo fue absoluto, e hicieron un llamado al Gobierno nacional, especialmente al Ministerio de Hacienda, para que apoye este proyecto, impulsado hace dos años por la Bancada del Partido Político MIRA y que fortalece las disposiciones establecidas en la Ley 2166 de 2021.
El coordinador ponente del proyecto, el representante Germán Rogelio Rozo, expresó:
“Es un proyecto que significa mucho para los dignatarios de las Juntas de Acción Comunal del país. Busca garantizar el acceso a cada uno de esos líderes que, de manera voluntaria y gratuita, trabajan por Colombia, generando espacios de participación democrática. Estamos en mora de hacerles un justo reconocimiento”.
Sobre el apoyo por parte del Estado —una de las causales que hace dos años impidió el avance del proyecto en el Congreso—, el legislador del Partido Liberal por Arauca señaló:
“Hacemos un llamado al ministro de Hacienda para que nos ayude con su concepto sobre este proyecto. Sin embargo, ha sido reiterativo en no responder o dar conceptos de manera facilista, diciendo que no hay plata. Creo que el principal problema que hoy tenemos en Colombia es un ministro que cierra las puertas, porque ni siquiera apoya al Congreso, mucho menos a los dignatarios de acción comunal de este país”.
En la ponencia aprobada en primer debate se identifican los beneficios que recibirán los dignatarios de las Juntas de Acción Comunal, entre ellos:
- Seguro exequial: el Gobierno nacional deberá establecer auxilios exequiales que cubran el fallecimiento de un dignatario de los organismos de acción comunal por cualquier causa durante el ejercicio de sus funciones.
- Seguro de vida: el Gobierno nacional deberá establecer contratos de seguros de vida colectivos para los beneficiarios directos de los dignatarios.
- Seguro por invalidez: el Gobierno nacional deberá contratar un seguro de invalidez que garantice el pago de la incapacidad temporal sufrida por el dignatario durante el ejercicio de sus funciones.

Representante Jairo Cristo
Por su parte, el representante del Partido Cambio Radical, Jairo Humberto Cristo, manifestó su total apoyo al proyecto y aseguró:
“Este es un proyecto muy loable. En el gobierno pasado nos reunimos cerca de sesenta mil Juntas de Acción Comunal para transformar la Ley 743 de 2002 y crear la Ley 2166, que dio herramientas fundamentales. Vemos cómo este gobierno engañó a las Juntas de Acción Comunal, cuando el ministro del Interior los hizo ir muchas veces a su despacho, tomarse fotografías y hablar de convenios solidarios que hoy no son una realidad”.
El representante nortesantandereano agregó:
“Cuando un presidente de Junta de Acción Comunal sale al barrio, no piensa si es de izquierda o derecha; piensa en su comunidad. Creo que este proyecto reivindica sus derechos sociales. Esta iniciativa no tiene color político: hay que reivindicarse con las JAC”.
Historia de las Juntas de Acción Comunal
La primera Junta de Acción Comunal se constituyó en la vereda Saucito, del municipio de Chocontá, con el propósito de construir la escuela local. Este ejercicio rompió con la tradicional desconfianza que caracterizaba las relaciones veredales e instituyó la cooperación como base para el desarrollo comunitario (Fals, 1961).
Posteriormente, fueron institucionalizadas mediante la Ley 19 de 1958. Desde entonces, se han promulgado cerca de 70 normas relacionadas con su funcionamiento, entre leyes, decretos, resoluciones y reglamentos.

Representante Alexander Quevedo
Otro de los ponentes de la iniciativa, el representante conservador Jorge Alexander Quevedo, afirmó:
“Los comunales son ampliamente reconocidos en el país y apreciados por muchos, pero siempre han estado en el abandono. Me preocupa que un ministro de Hacienda, que está tranquilo aquí, desconozca la realidad que viven los comunales en Colombia. Muchos están amenazados y desplazados; dignatarios de JAC que han muerto a causa de la violencia de los grupos al margen de la ley”.
Asimismo, el congresista del Guaviare destacó:
“Los comunales son quienes realmente conocen la situación de sus territorios, veredas y barrios. Sin recibir salario ni beneficio alguno, gestionan vías, sillas para las escuelas y soluciones cuando no llega el profesor o el médico”.
En Colombia existen la Confederación Nacional de Acción Comunal, 40 federaciones comunales, 1.425 asociaciones, 63.153 Juntas de Acción Comunal y 7.413.519 ciudadanos afiliados a alguna organización comunal.
Finalmente, se reconocieron las difíciles condiciones que enfrentan los líderes comunales, quienes tienen bajos ingresos económicos que no les permiten cubrir sus necesidades básicas ni asumir los costos de su labor. El proyecto reconoce que las finanzas de las Juntas de Acción Comunal son insuficientes para garantizar los recursos que su función requiere.

Representante Germán Rozo
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