comisionesNiñezUna robusta normatividad, pero con falencias en su implementación

Una robusta normatividad, pero con falencias en su implementación

Colombia tiene las herramientas legislativas necesarias para aplicar en caso de que un menor desaparezca, pero aun carece de presupuestos y coordinación por parte de las instituciones.

Por: Nubia Stella Parra Rodríguez-Colombia

 

Una de las iniciativas legislativas aprobadas en el Congreso de Colombia, es la propuesta que permite que los niños y niñas desaparecidos puedan ser ubicados por sus cuidadores, previa autorización de sus padres, donde se emitirá una alerta que llega a los dispositivos móviles.

La ley “Sara Sofia” o “Alerta Colombia”, reglamenta la difusión de la información de los menores que se encuentran extraviados en territorio colombiano, y de esta manera activar los mecanismos de búsqueda, localización y recuperación de los niños-niñas reportados como desaparecidos que se encuentran en riesgo.

El proyecto de ley radicado en el Senado con el número 285 del 2024 y en la Cámara con el 266 de 2023, toma su nombre a raíz del caso de la niña Sara Sofia Galván, quien fue asesinada por Carolina Galván, madre de la menor y su compañero sentimental. Esta ley pretende que los organismos de búsqueda realicen una investigación coordinada, donde los proveedores de redes y servicios de telecomunicación envíen alertas para ubicar a los desaparecidos.

La violencia contra menores se ha aumentado en el último año, según medicina legal, en su boletín de reporte sobre niños, niñas y adolescentes del mes de julio de 2025, se registraron 1.053 casos de muertes violentas en menores de edad, un significativo aumento con respecto al año 2024, que fue de 970 casos.  El mayor porcentaje de muertes en ambos años se registro en los homicidios, con una cifra de 370 casos de enero a julio de 2025, que corresponde al 35,14% según lo publicado en el boletín estadístico mensual.

Para su autor y ponente el senador Alejandro Chacón, esta norma lo que hace es crear un mecanismo ágil, veloz, efectivo, rápido y eficaz que activa una alerta a través del celular. De otra parte, el representante a la Cámara, Carlos Ardila manifestó que: “la ley consagra herramientas importantes para que en el menor tiempo posible se halle a los niños que se encuentren desaparecidos, lo que se traduce en la tecnología al servicio de la integridad y la vida de los niños colombianos”.

Tanto la Policía Nacional, como el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, son claves en la implementación de la ley, para generar una alerta pronta y oportuna, que facilite la localización de los menores desaparecidos, aspecto que para algunos no es claro, según lo manifestó la senadora Angelica Lozano, quien argumenta que no se tiene la tecnología necesaria para divulgar esa información, además que se requiere proteger la identidad de los menores.

La ley esta en control previo por parte de la Corte Constitucional, y hasta tanto no se avale su constitucionalidad por parte de la Corte y sea sancionada por el presidente de la República, no se dará su implementación, que se espera sea efectiva a finales de año. La iniciativa que ha sido implementada en otros países con el nombre de “Alerta Amber” y que proporciona una información detallada sobre menores desaparecidos, ha sido efectiva desde 1996, cuando se implementó en Norte América, la cual es utilizada cuando se presenta un secuestro, o cuando los menores de edad corren el riesgo de ser abusados o maltratados físicamente.

De otra parte, y paralelo a la iniciativa la senadora Angelica Lozano presentó el proyecto de “Alerta Rosa”, el cual ya fue sancionado por el presidente de la República, cuyo objetivo es el de incluir un mecanismo que permita la localización y resguardo de las victimas para evitar que después de su desaparición puedan ser objeto de otro tipo de violencia basadas en género. La alerta será enviada a entidades, medios de comunicación y sociedad civil en forma de mensaje masivo de texto a dispositivos móviles.

Aunque las dos iniciativas tienen el mismo fin de proteger a menores desaparecidos, los dos proyectos de ley fueron avalados de forma independiente por el congreso, pero con la característica de que la ley “Alerta Colombia” en su artículo 9, hace énfasis en que, al momento de activar la alerta, el niño o niña, debe ser menor de 12 años, mientras que la ley “Alerta Rosa” amplia la protección a niñas, adolescentes y mujeres desaparecidas.

Los dos proyectos de ley en su contenido, establecen la protección de los datos de menores, y su publicación autorizada previamente por sus padres o tutores cuando se activen las alertas. Mientras que la ley “Alerta Rosa” basa sus principios en la ley 1257 del 2008, que dicta normas sobre la sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra mujeres. Aunque las dos leyes a favor de los menores contienen un blindaje jurídico, en su contenido no mencionan principios claves de la ley 1098 del 2006, que establece en Colombia los lineamientos básicos del Código de la Infancia y Adolescencia.

Teniendo en cuenta el alto índice de muertes que se presentan en menores de edad en el país, estas dos herramientas legislativas son base para su ubicación, sin embargo, aún se presentan falencias en su implementación. Las fallas en la coordinación institucional y la poca efectividad de las políticas públicas, junto a la deficiente capacidad del Estado para garantizar entornos seguros a niños, niñas y adolescentes; se evidencian en los casos más mediáticos que se denuncian a través de los medios masivos de comunicación.

La representante Erika Tatiana Sánchez, coordinadora de la Comisión de Infancia y Adolescencia de la Cámara de Representantes de Colombia, al referirse sobre el caso de la menor Valeria Afanador, una niña de 10 años, que desapareció en el colegio donde estudiaba, reportada el 12 de agosto, y donde las autoridades la encontraron muerta 18 días después. Al respecto dijo:  …” Es alarmante los casos de niños desaparecidos en nuestro país, solo este año entre enero y junio se han reportado 837 caos de menores desaparecidos, lo que equivale a un caso cada 5 horas, solo 333 niños y adolescentes han sido encontrados con vida, mientras que en cuatro casos las autoridades hallaron a las victimas sin vida. En el congreso creamos la ley 2326 “Alerta Rosa”, que se creó para que se implementen todas las herramientas de búsqueda oportuna, esto debe actuarse de inmediato y no esperar a que estos casos se sigan presentando, y tengan estos fatales desenlaces…”

 

La protección, un derecho inalienable de los menores

Dentro de lo establecido en el Código de Infancia y Adolescencia, y teniendo en cuenta el principio de corresponsabilidad, tanto el congreso como las instituciones encargadas de velar por la niñez, han priorizado su trabajo en la protección de la infancia colombiana, sin embargo, se presentan fallas en la implementación de las normas; para algunos la falta de presupuesto en una red de búsqueda nacional, además de la implementación de mecanismos técnicos y tecnológicos en las instituciones responsables demora la búsqueda de desaparecidos.

El artículo 18 del Código de Infancia, consagra el Derecho a la Integridad personal de niños, niñas y adolescentes, estableciendo que: “…tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico”. No obstante, la existencia de dichas normas resulta insuficiente para garantizar plenamente este derecho.  Las herramientas legales para avanzar en el tema ya están, sin embargo, se requiere capacitación, coordinación y presupuesto por parte de los entes encargados, a fin de lograr el éxito en la búsqueda de menores.

¡Colombia avanza fortaleciendo su marco normativo a favor de la protección de la niñez, defenderlos es la prioridad!

 

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