La jurisdicción agraria, un avance histórico para el campo colombiano
Por: Maricela Londoño C.
En un escenario sin precedentes, que evoca las causas de la violencia que han marcado los últimos 80 años en el país, así como las luchas históricas del campesinado, los pueblos indígenas y las comunidades negras por el derecho a la tierra, el presidente de la República, Gustavo Petro, sancionó el pasado 27 de marzo de 2026, en Cereté, Córdoba, la Ley Estatutaria 2570 de 2026. La norma modifica la Ley 270 de 1996, define la integración y estructura de la jurisdicción agraria y rural, en armonía con la Ley Estatutaria 270 de 1996.
La iniciativa del Gobierno Nacional fue acompañada por líderes del Páramo de Berlín, de la ANUC, de los Pescadores Artesanales, del pueblo Zenú, campesinos y campesinas de todas las regiones del país, cuyo objetivo es el de crear jueces y tribunales de justicia agraria especializados, que decidan sobre los aspectos concernientes con la propiedad rural, los límites territoriales y procesos de restitución, evitando que las y los campesinos tengan que esperar décadas en juzgados civiles congestionados, que a la larga dilatan y generalmente nunca resuelven. Esta propuesta se presenta como un mecanismo decisivo para solucionar problemas sobre la tenencia de tierra de miles de familias que han sido desplazadas, engañadas, usurpadas por la violencia, la lucha y el despojo de tierras que ha dejado decenas de miles de víctimas en todo el país.
El conflicto por la tierra
Colombia tiene una extensión total de más de 114 millones de hectáreas, de las cuales 53,7 millones están identificadas para el mercado de tierras rurales agropecuarias; cuenta con más de 10,3 millones de hectáreas con potencial plenamente cultivable; más de 2 millones de hectáreas han sido recientemente formalizadas o tituladas bajo la reforma agraria del gobierno que culmina.
De acuerdo a datos del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) y la Comisión de la Verdad, se estima que “el conflicto armado, intrínsecamente ligado a la tenencia de la tierra, ha costado más de 450.000 vidas. De estas, se calcula que más de 200.000 homicidios están asociados a dinámicas de despojo sistemático y presión sobre territorios.” Aunque es difícil separar la muerte por despojo de la violencia generalizada del conflicto, estas cifras y las asociadas a la defensa de los territorios ayudan a dimensionar la tragedia de las víctimas del conflicto agrario. El informe de la comisión de la verdad ha registrado más de 9 millones de víctimas de desplazamiento forzado, un crimen que estuvo acompañado por decenas de miles de homicidios selectivos y desapariciones forzadas, para lograr el control territorial de zonas agrícolas estratégicas y corredores de narcotráfico, que además ha ocasionado un gran número de desplazamientos.
…la tenencia de la tierra ha estado en el centro de disputas asociadas a redes transnacionales de narcotráfico, economías ilegales y conflictos mineros y agroindustriales que continúan cobrando vidas y sometiendo a las poblaciones.
En los últimos tiempos, la tenencia de la tierra ha estado en el centro de disputas asociadas a redes transnacionales de narcotráfico, economías ilegales y conflictos mineros y agroindustriales que continúan cobrando vidas y sometiendo a las poblaciones. Estas dinámicas han contribuido a la degradación y destrucción del ambiente, afectando montañas, contaminando aguas, ríos y mares, y provocando la muerte de miles de animales y especies que, en algunos casos, se encuentran en peligro de extinción.
Asimismo, estas situaciones amenazan la posibilidad de un futuro sostenible para las presentes y futuras generaciones, y han significado el asesinato de miles de defensores y defensoras de derechos humanos, líderes sociales y cuidadores del medio ambiente.
Al respecto, la organización Global Witness señala que Colombia ha acumulado cientos de asesinatos de líderes defensores del medio ambiente, por oponerse a la minería y actividades ilícitas. Solo entre 2016 y mayo de 2025, el Registro de Indepaz contabilizó más de 1.500 asesinatos de líderes y defensores de derechos humanos, muchos de ellos inmersos en la restitución de tierras y defensa comunitaria. La desposesión de tierras por parte de grupos paramilitares (como las AUC) y guerrillas ha sido catalogada como una de las causas estructurales más fuertes de la violencia en Colombia, afectando directamente a campesinos y comunidades indígenas que habitan en zonas codiciadas por grandes actores económicos ilegales, causando solo miseria, pobreza, desplazamiento y muerte.

Posibles rutas de solución
Como parte de la búsqueda de soluciones y alternativas para frenar el conflicto y garantizar la vida y el orden en los territorios, esta nueva jurisdicción del poder judicial busca resolver conflictos sobre la tenencia de la tierra de forma pacífica, técnica y especializada, para avanzar de manera significativa en el cumplimiento de uno de los aspectos del punto 1 de los Acuerdos de Paz de La Habana, (Reforma Agraria).
Según lo aprobado, la Jurisdicción Agraria y Rural, será integrada por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado en los asuntos de su competencia; así como por los Tribunales Agrarios y Rurales, y los Juzgados Agrarios y Rurales. Con esta iniciativa se modifica el articulo 50 de la ley 270 de 1996, para descongestionar el funcionamiento de la administración de justicia. El territorio nacional queda dividido en distritos judiciales administrativos, o distritos judiciales agrarios y rurales, y estos a su vez en circuitos; y en la jurisdicción ordinaria los circuitos estarán integrados por jurisdicciones municipales.
En diálogo con Poder Legislativo, el representante del Pacto Histórico por Bogotá, Gabriel Becerra, ponente del proyecto de ley de la Jurisdicción Agraria (Cámara 398/24 – Senado 783/2024), hace varias precisiones importantes para entender el contenido del proyecto.
PL: ¿Cómo ha sido el proceso legislativo y político de este proyecto, en qué estamos?
GB: “Ha sido un proceso de las disputas políticas que hay en el congreso, porque lamentablemente los partidos de derecha fundamentalmente los de oposición, el Centro Democrático y Cambio Radical, se han dedicado a bloquearla con la conveniencia y complicidad de otros sectores políticos, no se cuenta con las mayorías definitivas para sacarlo adelante, existe un bloqueo político en la plenaria de Cámara, producto también del lobby de los gremios agrarios de la Sociedad de Agricultores de Colombia fundamentalmente y si no hay esa correlación de fuerza, pues entonces no se logra aprobar el proyecto, el ultimo de 3 componentes de la jurisdicción”.
Y es que la Jurisdicción Agraria tiene tres componentes: un acto legislativo que implica una reforma a la constitución que ya se hizo, luego se aprobó una ley estatuaria, por ser la justicia un derecho fundamental, y finalmente un proyecto de ley ordinario para reglamentar las competencias y principios, una ley de implementación.
PL: ¿Por qué es importante la jurisdicción agraria en Colombia?
“La falta de una jurisdicción ha hecho que esos conflictos se tramiten por otras vías e incluso a través de la violencia”.
GB: “Bueno, la jurisdicción es importante por varias razones, en primer lugar, porque sería el cumplimiento, de la implementación del acuerdo final en lo correspondiente a los puntos P1.1.5 y 1.1.8 del Acuerdo de paz. En segundo lugar, porque, pues, la existencia de una jurisdicción contribuiría a reducir las tensiones, los conflictos que se generan alrededor de la tenencia de la tierra y de las relaciones de producción agraria en un país que tiene como base de su conflicto los problemas de la tierra. La falta de una jurisdicción ha hecho que esos conflictos se tramiten por otras vías e incluso a través de la violencia”.
“…igualmente es importante porque la jurisdicción agraria es una herramienta del Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural que garantiza que los conflictos se tramiten institucionalmente, por lo tanto, haya un ambiente propicio para la reforma agraria y para la redistribución de la tierra en el largo plazo. Adicionalmente, porque la jurisdicción garantiza uno de los derechos fundamentales de toda sociedad democrática, que es el acceso a la justicia de los más débiles, ¿no?, de las campesinas y campesinos, de las mujeres rurales, de los grupos étnicos, de los pequeños y medianos productores, entonces, pues esas son las razones fundamentales”.
PL: ¿Cuáles han sido las principales tensiones para avanzar en este proyecto de ley?
GB: “Las tenciones principales desde el punto de vista político son que se quiere bloquear la reforma porque proviene del Gobierno y pues, terminamos cruzados por todo este ambiente electoral. En segundo lugar, ya desde el punto de vista técnico, pues ha habido múltiples observaciones, pero el corazón de la disputa es el debate alrededor de las funciones de la Agencia Nacional de Tierras – (ANT), en el sentido de que lo que se quiere es impedir que la Agencia Nacional de Tierras recupere las funciones que tenía anteriormente y se pide que los conflictos se tramiten fundamentalmente por la vía judicial, no por la vía administrativa. Alrededor de lo que es el Artículo Noveno (antes era el Doce), está la contradicción principal. Hay otras observaciones sobre los principios o sobre otros aspectos del proyecto, pero son secundarios y serían de fácil acuerdo, el punto más polémico tiene que ver con las funciones de la Agencia Nacional de Tierras”.
Durante una reciente audiencia pública convocada por la Corte Constitucional, relacionada con los alcances de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), en el marco del Acuerdo de Paz, el entonces director, Juan Felipe Harman, y la ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, solicitaron a la Corte instar al Congreso a sancionar la ley y restituir las facultades de la ANT para continuar resolviendo los conflictos agrarios acorde a su mandato. Según el último informe del director Harman, durante este periodo se han logrado 2.300.000 hectáreas formalizadas y más de 450 fincas confiscadas a las mafias paramilitares, hechos que requieren con urgencia todo el respaldo jurídico, político y legislativo para que puedan avanzar y concluirse con éxito este proceso, para que las poblaciones puedan dar productividad a estas tierras recuperadas y entregadas.
No es un asunto menor, ha llamado la atención de la oposición y los sectores afines. La senadora por el Centro Democrático, Paloma Valencia, quien ha sido crítica de la jurisdicción agraria impulsada por el Gobierno, ha argumentado que esta Jurisdicción Agraria genera incertidumbre en la propiedad, desincentiva la inversión en el campo y otorga demasiado poder discrecional sobre la tenencia de tierras. Su postura y el debate público han estado marcados por enfatizar el riesgo a la inversión y expropiación; ha advertido sobre los peligros de políticas que, a su juicio, abren la puerta a quitar predios por ser considerados «improductivos» o por falta de claridad jurídica. “Hemos trabajado intensamente para llegar a acuerdos que eliminen los riesgos más significativos. El resultado es aceptable: logramos una ponencia única. Sin embargo, esto no puede interpretarse aún como una señal de tranquilidad absoluta. Habrá que observar cómo desarrolla el debate y si los acuerdos sobreviven. La he descrito como un permanente proceso de reforma agraria que generaría incertidumbre en la propiedad y sería un desincentivo para cualquier inversión. A esto se suman otros asuntos que aumentan la inseguridad y desestimulan el desarrollo agrario”.
La senadora Valencia afirma que, “junto con los ponentes de la iniciativa, el primer punto fue eliminar, de los principios de la jurisdicción, la obligación de buscar la equitativa distribución de la tierra, así como la facultad de los jueces de hacer seguimiento de oficio a los fallos, con lo cual los procesos nunca terminaban. Se excluyeron de la jurisdicción los temas comerciales, de familia, ambientales y minero-energéticos.”
PL: Frente a estas diferencias con la oposición, ¿Se puede conciliar y avanzar?
GB: “Las tensiones se pueden superar, ya lo probamos cuando aprobamos el Acto Legislativo, cuando aprobamos la ley estatutaria, cuando aprobamos la misma ley ordinaria en comisiones conjuntas con una amplia mayoría, casi un consenso; entonces no hay duda de que esas tensiones se pueden solucionar. Si logramos que se haga un acuerdo en donde el gobierno incluso ha decidido ceder a propósito de este Artículo Noveno, para que de todas maneras se permita que la jurisdicción tenga esta ley ordinaria, pues yo creo que se podría aprobar. Se aprobaría en Cámara; quedaría pendiente la aprobación en Senado en la plenaria”.
Aunque el Acto Legislativo que crea la Jurisdicción Agraria ya fue aprobado, así como la ley estatutaria, aún falta que el Congreso de la República apruebe la ley ordinaria del procedimiento, el cual fue presentado en 2023 y ha enfrentado múltiples trabas por parte del Legislativo. En palabras del representante a la Cámara por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz C.I.T.R.E.P de Nariño, Juan Pablo Salazar, “las y los campesinos solo anhelamos la paz en nuestros territorios y por eso decimos que urge que se determine la Jurisdicción Agraria y su implementación en nuestros territorios.”
¿Qué conflictos resuelve la jurisdicción agraria?
La Jurisdicción Agraria y Rural es el nuevo poder que la Constitución Política confiere a jueces y magistrados para abordar, de manera exclusiva y especializada, los conflictos agrarios y rurales en el país. Su propósito es garantizar que estas controversias se resuelvan pacíficamente por profesionales capacitados en la administración de justicia, conforme a los principios y objetivos de las normas que buscan solucionar de manera rápida y sencilla las disputas agrarias, asegurando los derechos de todos los actores rurales y reconociendo la especial protección que se otorga al campesinado y a las comunidades étnicas que habitan en las zonas rurales.
“posibilitará más jueces especializados y presentes en zonas como Nariño y sus altas demandas de justicia por conflictos de tierras”.
Para el Representante del Partido Conservador por el departamento de Nariño, Juan Daniel Peñuela, esta reforma constitucional “posibilitará más jueces especializados y presentes en zonas como Nariño y sus altas demandas de justicia por conflictos de tierras”.
De acuerdo con el proyecto de ley esta, a su vez, promueve el desarrollo sostenible del campo y busca mantener la armonía en las relaciones sociales y económicas de estas comunidades y deberá resolver los conflictos relacionados con la definición de derechos sobre predios agrarios, servidumbres agrarias, acciones de nulidad agraria sobre los actos de la Agencia Nacional de Tierras, lanzamientos por ocupaciones de hecho de predios agrarios, uso de recursos comunales en predios agrarios, uso del suelo rural y los contratos agrarios.

¿En qué va la legalización de tierras?
En el marco del cumplimiento del Acuerdo de Paz, la ANT ha gestionado 761.968 hectáreas destinadas a comunidades campesinas y étnicas; estas provienen de dos fuentes principales: la compra voluntaria de predios ofertados por propietarios para la reforma agraria y la recuperación y adjudicación de bienes baldíos de la nación. De acuerdo a sus más recientes informes, la entidad ha formalizado más de dos millones de hectáreas a favor de comunidades rurales que, en muchos casos, habían esperado más de 20 años por el reconocimiento legal de su derecho a la propiedad.
De acuerdo a las cifras de la ANT, en el camino se han conformado 450 Comités Municipales y 14 Comités Departamentales de Reforma Agraria para asegurar la participación social en el proceso, sin embargo, se requiere avanzar en terminar de dar cuerpo legal a la jurisdicción, no solo por su implicación en el cumplimiento de los acuerdos de paz, sino por lo que significa para las comunidades, desde la reducción de tensiones alrededor de la tenencia de tierras y las relaciones agrarias, disminuyendo la violencia y la confrontación territorial, hasta el acceso a la justicia que elimina brechas y barreras institucionales que limitan acceder a la rama judicial a las comunidades, con procesos sencillos, asistencias técnicas, disminución de costos económicos, entre otros. En palabras del representante del Partido Comunes por el departamento de Santander, Jairo Cala, “esta jurisdicción abre el camino a la justicia en el campo y es la ruta real para la construcción de paz, estable y duradera.”
Avances normativos de la Reforma Agraria
La presencia normativa ha estado activa en el Plan Nacional de Desarrollo 2023-2026 (Ley 2294 de 2023), la cual establece los mecanismos para la compra rápida de tierras y formalización. Entre ellos, el Acto Legislativo 01 de 2023, por medio del cual se reconoce al campesinado como sujeto de Especial Protección Constitucional, un hecho sin precedentes en la historia de nuestro país. Se avanzó en el Decreto 033 de 2025, el cual agiliza los procedimientos de negociación directa para la compra de tierras por parte de la Agencia Nacional de Tierras – (ANT), modificando rutas de la Ley 160 de 1994 y el Decreto 780 de 2024, que hace alusión a los Territorios Campesinos Agroalimentarios – (TECAM), de acuerdo a la Función Pública, así como en la reglamentación de las figuras de ordenamiento territorial que reconocen la territorialidad y saberes de comunidades campesinas para la soberanía alimentaria.
Como suele suceder en Colombia, ante la mora legislativa del Congreso de la República, el pasado 23 de abril la corte constitucional ordenó crear juzgados agrarios a partir de 2027, urge que el Congreso reglamente la Ley.
Un proceso que saluda y reconoce la representante por el partido Liberal del departamento de Sucre Karyme Cotes, quien afirma que “…en buena hora se avanza con el sistema de normas en el proceso de construcción de la Paz en Colombia, esta normativa de reconocimiento del campesinado como sujeto de derechos, la ley de paz total y en el desarrollo de principios del Plan Nacional de Desarrollo – PND.”
La situación jurídica es compleja, un ejemplo de ello lo dicen las cifras enunciadas por Felipe Harman, “en el año 2025, la ANT radicó más de 13 demandas que involucran 15 procesos agrarios sobre 16.381 hectáreas, 5 demandas de procesos agrarios radicadas en 2023, las cuales, literalmente, están paralizadas en su trámite, más de 208 procesos agrarios en fase administrativa, que en conjunto suman cerca de 45.000 hectáreas adicionales, sumado a las tensiones competenciales entre despachos civiles del circuito y el control contencioso administrativo de las decisiones adoptadas por la Agencia, lo que ha generado demoras adicionales y que requieren de esta jurisdicción para avanzar.”
¿Qué viene?
Ahora, concretar la Jurisdicción está en manos del plenario de las y los representantes a la cámara en esta legislatura que termina o nuevamente del Congreso en la legislatura que entra, quienes tendrán que resolver el destino de miles de familias que en la ruralidad no solo solucionan su situación productiva y de habitabilidad, sino que estarán garantizando la producción de alimentos para millones de colombianas y colombianos en todos los rincones del territorio nacional. Esperamos se resuelva con prontitud y podamos avanzar como sociedad en el verdadero reconocimiento del campesinado colombiano, como un camino cierto a la implementación de paz territorial.
Para el representante Becerra, “…Sí finalmente no se logra y se cae el PL, sin duda ya ha sido un gran avance haber podido poner el tema de manera tan estructural en la agenda pública. En Colombia habrá Ley de Jurisdicción Agraria Ordinaria, ahora o en la próxima legislatura, es la confianza que en lo personal tengo, sería, pues, realmente muy frustrante que no fuera así. Ojalá salga en esta legislatura, aprobada por el mismo congreso que creó la reforma constitucional y pues si no es así, volveremos a presentar el proyecto en la próxima legislatura”.
“…el campesinado y el pueblo colombiano no pueden renunciar a esta lucha, tal cual se expresó en una importante movilización hace unas semanas, el campesinado ha asumido como una prioridad la aprobación de esta jurisdicción y de esta ley. Y la invitación que les hago es a que no claudiquemos en ese propósito, en que se genere toda la movilización, toda la gestión que sea necesaria para que se cumpla este punto del acuerdo de paz y haya justicia en el campo, contribuyendo a que la violencia no se perpetúe…”
Hace un par de años, en una noche despejada con una suave brisa del mar del caribe que corría entre las grietas de una vieja Kankurua, estaba sentada alrededor del fuego con la comunidad indígena, y en medio del silencio, un mayor, autoridad del Pueblo Kowi de la Sierra Nevada de Santa Marta, Ade Ramón Gil, me preguntó: ¿Cómo fue qué alguien de los hermanitos menores consideró poner una cerca, firmar un papel y creerse dueño de la Madre Tierra y, peor aún, matar a otros por ello y llamarlo propiedad privada?
Sin respuesta hasta hoy, ahora me pregunto: ¿Qué les dejaremos a las generaciones que vienen? Esta tierra nos ha sido prestada, ¿cómo la devolveremos? Aún estamos a tiempo de cambiar el rumbo; ¡Un mundo posible, es posible!
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