comisionesInternacionalSancionada la ley que ratifica Convención Internacional contra el Reclutamiento, Utilización, Financiación y el Entrenamiento de Mercenarios

Sancionada la ley que ratifica Convención Internacional contra el Reclutamiento, Utilización, Financiación y el Entrenamiento de Mercenarios

Esta iniciativa internacional fue aprobada aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 4 de diciembre de 1989, y aprobada en Colombia mediante Ley 2569 del 17 de marzo de 2026

Por : Wilson Moreno

 

En la pasada legislatura, la Cámara de Representantes aprobó en último debate el proyecto de ley que prohíbe y tipifica el delito de mercenarismo en Colombia. Con 94 votos a favor y 17 en contra la iniciativa pasa a sanción del presidente Gustavo Petro.
El proyecto que es respaldado por la Cancillería y el Ministerio de Defensa, adopta la Convención Internacional contra el Reclutamiento, la Utilización, la Financiación y el Entrenamiento de Mercenarios, emitido por las Naciones Unidas en 1989.

De esta forma nuestro país reafirma su rechazo al mercenarismo, que constituye una forma moderna de explotación humana. Esta forma de delito se presenta principalmente por la vulnerabilidad económica, la desinformación y la falta de protección jurídica, afectando a hombres en condiciones especiales de pobreza o falta de oportunidades. El Estado colombiano reconoce que el uso de mercenarios no solo pone en peligro la vida de quienes son reclutados mediante engaños, sino también la paz internacional y prolonga conflictos armados ajenos.

 

«Colombia rechaza la guerra por encargo y la comercialización de la violencia, y se suma a los Estados que promueven un orden internacional basado en normas, principios éticos y la protección de la vida…”

 

El ministro de defensa Pedro Sánchez, quien hizo presencia en el Salón Elíptico, durante la discusión del proyecto, aseguró que el Gobierno del presidente Gustavo Petro; «al ratificar este instrumento internacional se prioriza y permite que se tipifiquen delitos asociados al mercenarismo, fortaleciendo la cooperación judicial entre los Estados y reafirmando el compromiso del país con el respeto al Derecho Internacional, la legalidad y la solución pacífica de controversias».

El jefe de la cartera de defensa ante la plenaria de la Corporación insistió en que no acepta que los connacionales participen en guerras extranjeras y por eso reiteró que: «Colombia rechaza la guerra por encargo y la comercialización de la violencia, y se suma a los Estados que promueven un orden internacional basado en normas, principios éticos y la protección de la vida. La ratificación de esta Convención consolida la postura de Colombia como una nación que defiende la dignidad humana, el respeto al orden jurídico internacional y su vocación de paz, reafirmando su liderazgo en la promoción de los derechos fundamentales».

Por su parte el Representante Alejandro Toro del Pacto Histórico, por el Departamento de Antioquia, ponente del proyecto, luego de agradecer a la Plenaria por su voto mayoritario, insistió en que nuestro país se pone a la vanguardia en la legislación sobre este tema en la región y reiteró en su cuenta de X que: » Como ponente en la Cámara de Representantes, logramos que la ley contra el mercenarismo y sus financiadores pase a sanción presidencial. Esta norma aprueba la Convención Internacional de la ONU y prohíbe el reclutamiento, la utilización, la financiación y el entrenamiento de mercenarios. El mensaje es claro: los soldados de Colombia no son carne de cañón de conflictos extranjeros. Como ponente, mi compromiso ahora es que la reglamentación deje a salvo a quienes trabajan legalmente en seguridad y se concentre en los verdaderos mercenarios y sus financiadores».

Alejandro Toro – Representante.

 

Dentro del texto aprobado, menciona que el aval de esta Convención se centra en los aspectos legales relacionados con el concepto de ‘mercenario’ y establece las obligaciones de los Estados Parte para su criminalización. Según la Convención, se define como ‘mercenario’ a toda persona que haya sido reclutada, localmente o en el extranjero, para combatir en un conflicto armado; que participe en las hostilidades motivada esencialmente por el deseo de obtener un provecho personal, con la promesa de una retribución material considerablemente superior a la ofrecida o abonada a los combatientes de grado y funciones similares en las fuerzas armadas de esa Parte.

Establece además que el “mercenario” no es nacional de una Parte en conflicto, ni residente en un territorio controlado por una Parte en conflicto; y que tampoco hace parte de las fuerzas armadas de una Parte en conflicto; como tampoco haya sido enviado en misión oficial como miembro de sus fuerzas armadas por un Estado que no sea Parte en conflicto (Artículo 1, numeral 1).

Asimismo, se incluye como ‘mercenario’ a quien haya sido reclutado especialmente para participar en actos concertados de violencia con el propósito de socavar de alguna otra manera el orden constitucional de un Estado o la integridad territorial de un Estado; que participe en dicho acto, motivado principalmente por el deseo de obtener un provecho personal significativo, con la promesa o el pago de una retribución material; que no sea nacional o residente del Estado contra el cual se perpetre dicho acto; que no haya sido enviada por un Estado en misión oficial; y que no sea miembro de las fuerzas armadas del Estado en cuyo territorio se perpetre el acto (Artículo 2, numeral 2). (texto en negrillas del proyecto).

 

Quien también expreso su opinión sobre el tema, fue la representante de los colombianos en el exterior Karmen Ramírez quien después de felicitar al Ministro de Defensa y a la bancada de gobierno dijo: «quiero decir que cargar fusiles en el exterior no es el trabajo soñado, qué tal, cargar fusiles para hacer parte de guerras ajenas, este no es el trabajo soñado ni de nuestros exmilitares, ni de los jóvenes colombianos que están siendo llevados al exterior, es que vean en el actual contexto internacional, la urgencia de la ratificación de esta convención es más vigente que nunca. Existen cifras que revelan qué más de 500 colombianos han sido reclutado en Ucrania, de los cuales más de trecientos han muerto, en Ucrania Colombia no tiene ni siquiera una embajada qué pueda responder, jóvenes que se fueron por un sueño en el que les ofrecían cinco mil euros, pero que hoy ya no están, porque fueron asesinados en el combate”.

 

La sanción presidencial de esta ley, establece un marco legal para impedir que ciudadanos colombianos entrenados participen en conflictos armados extranjeros  como combatientes privados a sueldo.

 

Después de varios meses de espera, para su revisión, finalmente el presidente sanciono la ley 2569 el 17 de marzo de 2026; el alcance jurídico de la ley para Colombia, obliga a nuestro país a cumplir los acuerdos, quienes según los expertos es compatible con nuestra Constitución, y con las normas que prohíben los grupos armados ilegales.

De otra parte, el representante Alejandro Toro,  al enterarse de la sanción presidencial, expreso: “me emociona porque trabajamos muchísimo aquí en el congreso, y tuve la fortuna y el honor de ser coordinador ponente de este proyecto de ley que evita que sigamos exportando muertos, que sigan siendo engañados hombres y mujeres, y que sobre todo, nos convirtamos nosotros en una figura de dolor y angustia, en países como el Congo, Ucrania, Yemen, México y evitar situaciones como lo que sucedió con el asesinato del presidente de Haití”.

Carmen Felisa Rámirez

 

 

 

La información, puntos de vista, ideas, percepciones y posición ideológica expresadas son responsabilidad única y exclusiva de sus autores

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

back to top button